Asociación de Baloncesto de Santiago de los Caballeros
-Abasaca-
Art. 1.- La Asociación de Baloncesto de Santiago de Los Caballeros (ABASACA), nombra la comisión de disciplina de cada Torneo Superior Masculino para la interpretación y ejecución de los presentes reglamentos disciplinarios.
Párrafo 1: Esta Comisión estará integrada por Cinco (5) Miembros y un (1) Asesor Legal; La cual establecerá la jerarquía de la misma, y no podrá ser presidida dicha Comisión por un representante de ABASACA, UDESA o Directivo de los Clubes participantes del Evento.
· Art. 2.- Estos reglamentos disciplinarios se aplicarán: A todas las comisiones del Torneo de Baloncesto Superior, al Comité Ejecutivo de la ABASACA, a los entrenadores, encargados de estadísticas, técnicos de la salud (médicos), abastecedores (aguateros), encargados de utilerías y propiedades, fisioterapeutas ,atletas , directivos de los clubes que participan en el Torneo Superior de Baloncesto, patrocinadores, fanáticos en general, miembros de la seguridad, árbitros, personal contratado, cronistas deportivos, concesionarios de establecimientos comerciales dentro de la Arena del Cibao, empleados de la ABASACA y a los que disfruten de acreditación en el Torneo de Baloncesto Superior y a cualquier persona que participe en el Torneo Superior al título que fuere.
· Art. 3.- La Comisión de Disciplina del Torneo estará integrada de Cinco (5) personas: Lic. Engel Peralta Presidente, Lic. Héctor De Padua, Lic. Rafael Cruz, Lic. Jery Báez, Lic. Sucre Paulino; Miembros y la Asesora Legal Licda. Luisa Liranzo, quienes se encargaran de conocer las violaciones a los presentes reglamentos, ya sea de motus propio o por apoderamiento que para tal motivo le haga el Comité Ejecutivo de la ABASACA, la Dirección Técnica del Torneo, El Comité Organizador, las diferentes Comisiones Oficiales del Torneo y los representantes de los clubes participantes y cualquier persona con interés legitimo y jurídicamente protegido por estos reglamentos.
Párrafo 1: Para el buen ejercicio de sus funciones la Comisión debe tener una localidad asignada de cinco (5) asientos en un área estratégica en la Arena del Cibao, para tales fines.
Párrafo 2: En cada partido, la Comisión Disciplinaria se hará representar de por lo menos 2 de sus miembros y sus decisiones serán tomadas por un mínimo de 3 miembros.
· Art. 4.- Se crea la Comisión de Apelación Disciplinaria compuesta por el Sr. Manuel Guichardo quien la presidirá, Dr. Federico Olivo Morel y Ing. Rafael Uribe (Presidente FEDOMBAL). Esta Comisión conocerá las apelaciones de las decisiones tomadas por la Comisión de Disciplina, pudiendo ser confirmadas, modificarlas o revocarlas, con carácter definitivo e irrevocable. En todo caso, interpretará y ejecutará estos reglamentos teniendo en cuenta los mejores intereses del Torneo y el Baloncesto.
PARRAFO 1: La Comisión de Apelación solo podrá conocer de los recursos que le son conferidos a las partes en virtud de los presentes reglamentos.
PARRAFO 2: La Comisión de Apelación tendrá un plazo de 48 horas para emitir su decisión sobre el recurso de la apelación presentado por la parte interesada. En caso de que la Comisión de Apelación no comunique su decisión en un plazo no mayor de 48 horas, entre el fallo de la Comisión de Disciplina y el Recurso de Apelación, se mantendrá con carácter irrevocable la decisión de la Comisión de Disciplina.
· Art. 5.- Toda persona que de una manera u otra ha estado relacionada con el torneo podrá ser sancionada, se considera un agravante el hecho de la reincidencia, aunque sea en torneos anteriores o en categorías menores.
Se considera reincidente a todo aquel que haya sido sancionado por la comisión de una falta, (cual que sea esta), de manera definitiva o irrevocable. Lo cual será tomado en cuenta por etapa del torneo (Serie regular, semifinal y final).
Párrafo 1: Cuando el acusado sea reincidente se le aplicará el máximo de las multas y penas contempladas de este reglamento y si reinciden por tercera vez se aplicará el doble de la multa que recibió en la sanción anterior cual sea la etapa del torneo (Serie regular, semifinal y final).
· Art. 6 - Queda prohibido al personal de ABASACA, empleados contratados, entrenadores, miembros de la seguridad, comisión técnica, jueces árbitros, oficial de mesa, jugadores, personal auxiliar de los equipos, personal de radio y televisión, bocina interna, miembros comisión de disciplina, ejecutivos de otros órganos del Torneo ingerir bebidas alcohólicas, durante el inicio, desarrollo y término de cada juego del torneo y/o llegar en estados de embriagues (visible o notoria);A todos aquellos que violen el presente artículo, se le aplicarán las multas y penas máximas previstas en este reglamento y si es reincidente será expulsado automáticamente del torneo sin derecho a apelación.
Párrafo 1: Terminado cada partido queda prohibido ingerir bebidas alcohólicas a todo el personal previsto en el artículo anterior si permanecen el área de la Arena Del Cibao Dr. Oscar Gobaira y sus alrededores.
Párrafo 2: La cantina, los vendedores ambulantes, y patrocinadores, no podrán en el ámbito externo e interno de la Arena del Cibao, vender ningún tipo de bebidas o artículos en envases de cristal.
Párrafo 3: Queda prohibido utilizar menores de edad para la venta en la Arena Del Cibao.
Párrafo 4: Queda prohibido a los entes señalados en los Art. 2 y 6, portar o exhibir símbolos políticos partidistas antes, durante, o después de los juegos oficiales del torneo.
Párrafo 5: Queda prohibido la entrada de personas con el porte de armas de fuego o armas blancas durante el desarrollo de los partidos del torneo de baloncesto celebrado en la Arena del Cibao Doctor Oscar Gobaira, de acuerdo a lo que establece la Ley 36 sobre porte y tenencia de armas en sus Arts. 50 y 61.
Párrafo 6: se exceptúan del párrafo 5 para el porte de las mismas, los miembros de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas asignados para velar por la seguridad durante la celebración del Torneo, esto incluye el horario de entrenamiento de los equipos.
· Art. 7 – La ABASACA deberá plasmar en la parte posterior de las boletas, abonos y acreditaciones lo siguiente: “ABASACA se reserva el derecho de admisión a un juego o a la totalidad de los mismo”.
· Art. 8. Sobre las vestimentas: Los cronistas que participen por las transmisiones oficiales, radio y televisión, deberán obligatoriamente estar vestido de la siguiente manera:
1- RADIO: camisa mangas largas y corbata.
2- TELEVISIÓN: camisa y chaqueta con corbata.
3- Bocina interna y coordinadores de transmisión de radio y televisión, personal de apoyo de las cadena: camisa manga larga y corbata.
4- Cronistas deportivos independientes: Se les solicita que cuando realicen filmaciones y transmisiones durante el desarrollo de los partidos observar la mayor de las formalidades.
Párrafo 1: No deben situarse detrás, ni al lado de la mesa técnica para hacer filmaciones de acciones del juego.
Párrafo 2: El área destinada para la prensa debe ser ocupada única y exclusivamente por periodistas acreditados para el evento, lo que quiere decir que no puede haber nadie sin la credencial correspondiente y de haberlo será invitado a salir por la seguridad.
Párrafo 3: Los siguientes actores participantes en el torneo, deberán estar vestido de la siguiente manera:
1- Dirigentes de equipos, asistentes, encargado de estadística: Camisa manga larga y corbata.
2- Jueces del partido y árbitros: Pantalón negro, tenis negro, y chaqueta o poloshirt sin cuello y con mangas cortas.
3- Oficial de Mesa: Poloshirt con cuellos y mangas cortas con distintivos.
4- Auxiliares médicos por equipo: Poloshirt blanco con cuello y manga corta, con el distintivo del equipo en el lado superior izquierdo del pecho.
5- Aguateros: Poloshirt con cuellos y mangas cortas con distintivo del respectivo equipo, color distinto al que usa el equipo.
6- Comisión de Disciplina: Cada miembro de la Comisión de disciplina no podrán utilizar distintivos de los equipos participantes del torneo, ni de partidos políticos.
Art. 9.- Sobre Las Sanciones: Las sanciones disciplinarias que se aplicaran podrán ser una de las siguientes o combinaciones de estas, que motive la sanción, o a menos que sea una falta flagrante;
a- Amonestación escrita.
b- Multas
c- Suspensión y/o Expulsión.
d- Expulsión Temporal o definitiva.
e- La reincidencia será tenida en cuenta como agravante por etapa del torneo (Serie regular, semifinal y final).
Las acciones que serán sancionadas en este reglamento son:
1- Golpeo de la Mesa Técnica de forma airada y desafiante.
2- Estallar sillas, bancos, termos o cualquier propiedad en uso durante un partido o después de finalizado el mismo, incluyendo los camerinos.
3- Agresión de forma verbal o con gestos a un juez del partido, comisionado, personal auxiliar de mesa, miembros de las Comisiones actuantes del Torneo.
4- Agresión de un Juez después de decretársele una falta técnica, con gestos o palabras, y que no obtempere al llamado a la calma.
5- Hacer cualquier gesto indecoroso contra cualquier miembro del equipo contrario, público en general, personal técnico y miembros de las Comisiones actuantes en el Torneo.
6- Hacer ademanes que provoquen la alteración del orden público poniendo en peligro la integridad de los jueces, comisionados, auxiliares de mesa, miembros de las Comisiones actuantes del Torneo y equipos contrarios.
7- Persecución de los jueces, comisionados, miembros de las Comisiones actuantes del Torneo o de un equipo contrario.
8- La negación a salir de la instalación después de ser expulsado por uno de los jueces del partido; y negarse a pararse de la gradería trasera de su banca durante el periodo que dure su suspensión.
9- En caso de reyertas, pararse de las bancas para participar en la misma.
10-De cometerse estas infracciones antes o después del partido, se aplicaran las mismas sanciones que las previstas para las infracciones durante los partidos.
11-Entrada al área de juego sin autorización del Comisario o los jueces del partido, con el objetivo de alterar lo ánimos de los jugadores e incitar al público a cometer acciones que pongan en peligro el buen desarrollo del partido y del Torneo.
12-Las imágenes captadas por las cámaras del sistema de circuito cerrado instalado en la Arena del Cibao y las de las transmisiones televisivas serán prueba válida e idónea para el establecimiento de la realidad de los hechos.
Párrafo 1: Que se entiende por Amonestación: La amonestación tiene carácter preventivo y servirá como antecedente para calificar la conducta del individuo.
Párrafo 2: Las multas variarán en un rango de Diez Mil pesos (RD$ 10,000.00) a Treinta Mil pesos (RD $ 30,000.00) según lo considere la Dirección Técnica y/o la comisión de disciplina de acuerdo a la gravedad de la falta cometida; que serán clasificadas conforme a la siguiente escala:
Faltas leves: Las multas variarán en el rango de Diez Mil pesos (RD$ 10,000.00) a Quince mil pesos (RD $ 15,000.00).
Faltas graves: Las multas variarán en el rango de Quince Mil un pesos (RD $ 15,001.00) a Veinte mil pesos (RD$ 20,000.00)
Faltas muy graves: Las multas variarán en el rango de Veinte Mil un pesos (RD $ 20,001.00) a Treinta mil pesos (RD $ 30,000.00).
· Art. 10.- Los fanáticos que asistan a la Arena del Cibao y sean sorprendidos cometiendo actos que atenten contra las buenas costumbres, la moral, la estabilidad y el buen desarrollo de un juego o del Torneo, serán retirados o sacados de la instalación por los miembros de la seguridad del evento y las fuerzas del orden público.
La Abasaca y el Comité Organizador se reservaran el derecho de admitir a las personas que no observen un buen comportamiento durante el desarrollo de los partidos del Torneo.
De igual forma la Abasaca y el Comité Organizador someterán ante la justicia por daños y perjuicios a todas aquellas personas, atletas, personal técnico de los equipos, entrenadores, jueces, personal de mesa técnica, personal de apoyo y miembros de las diferentes comisiones actuantes en el Torneo que alteren el orden durante el desarrollo de un partido dentro de la instalación.
También someterá a la justicia por daños y perjuicios a todas aquellas personas que agredan física o verbalmente a cualquier miembro del torneo después de finalizado un partido fuera de la instalación, esto se aplicara también en el deterioro o destrucción de cualquier tipo de propiedades.
· Art. 11.- La agresión física o moral de un jugador a otro jugador, se considera una falta grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Quince Mil un Peso (RD$ 15,001.00) a Veinte Mil pesos (RD $ 20,000.00) mas la suspensión de un (1) partido, este articulo abarca a quienes incitaran a la agresión.
Párrafo 1: La agresión física o moral de un jugador, un dirigente de equipo, a un juez del partido, arbitro o a un oficial de mesa técnica, miembros del Comité Organizador, Dirección Técnica y las diferentes comisiones, será considerada como una falta muy grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Treinta Mil Pesos (RD$ 30,000.00) y la expulsión automática del Torneo.
Párrafo 2: La agresión física o moral de parte de una persona relacionada directamente con el torneo a otra persona ligada también al torneo o a cualquiera de los organismos que interactúan en él, se considera una falta muy grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Treinta Mil Pesos (RD$ 30,000.00) y la expulsión automática del Torneo. El Comité Ejecutivo de la ABASACA podrá adoptar otras medidas conforme a sus estatutos, dependiendo de la gravedad del caso. Este articulo abarca también a quienes incitan la agresión.
Párrafo 3: La agresión física o moral por parte de un miembro del equipo o el equipo en su conjunto a una persona del público, incluyendo exclamaciones, ademanes, o gestos que inciten a la alteración del orden, se considera una falta grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Quince Mil Un pesos (RD$ 15,001.00) a Veinte Mil Pesos (RD$ 20,000.00) y una suspensión de 2 partidos; Si la agresión física deja señales tales como golpes, heridas que curen en más de 5 días o dejen lesiones permanentes se considera una falta muy grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria Treinta Mil pesos (RD$ 30,000.00) y la expulsión automática del Torneo. El Comité Ejecutivo de la ABASACA podrá adoptar otras medidas conforme a sus estatutos dependiendo de la gravedad del caso. Este articulo abarca también a quienes incitan la agresión.
· Art. 12.- Las personas directamente relacionadas con el torneo que utilice un medio de comunicación para agredir moralmente a un miembro del comité Ejecutivo de la ABASACA, comité organizador, Dirección Técnica, de sus Comisiones, de los jugadores y clubes, o a los jueces u oficiales del torneo, o que atentaren intencionalmente contra el buen desenvolvimiento del torneo se considera una falta grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Quince Mil Un Pesos (RD$ 15,001.00) a Veinte Mil pesos (RD$ 20,000.00). El Comité Ejecutivo de la ABASACA podrá adoptar otras medidas disciplinarias dependiendo de la gravedad del caso.
· Art. 13.- La comisión disciplinaria y las partes interesadas tendrán libertad de pruebas para establecer la verdad en lo concerniente a los hechos sancionados por el presente reglamento.
Párrafo 1: La comisión de disciplina esta obligada a notificar por escrito al acusado de las infracciones que se le responsabilizan, la cual se hará a través del mecanismo de comunicación que tenga establecido la comisión técnica del torneo.
Párrafo 2: Notificado el acusado dispondrá de un plazo de seis (6) horas para presentar sus alegaciones o defensa de las acusaciones que se formulen, siempre por escrito y depositada ante la Comisión de Apelación, de acuerdo al articulo 23 de estos reglamentos.
Párrafo 3: Cuando se trate de series finales o partidos donde no excedan las 24 horas de partido a partido el plazo para notificar, así como para presentar las alegaciones o defensas se reducirán a DOS (2) horas.
· Art. 14.- El jugador no residente que presentare al club documentos falsos o alterados, será expulsado del torneo y no podrá participar además en los dos (2) siguientes torneos. Y si comprobare que el jugador cometió falta con el consentimiento del club, se considera una falta grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Treinta Mil Pesos (RD$ 30,000.00) y se le confiscara el ultimo partido en que participó el jugador sancionado; si el club es reincidente se aplicara el solo el doble de la pena económica.
Párrafo 1: Cada club será responsable de investigar la veracidad de los documentos presentados por el jugador no residente.
· Art. 15.- El jugador, personal de los equipos y personas directamente relacionadas con el torneo y fanático que ejerciere violencias contra un objeto o realizare actos que perjudiquen el buen funcionamiento del torneo y el buen mantenimiento de la Arena del Cibao, será sancionado por las disposiciones disciplinarias de estos reglamentos, en caso de fanático se le aplicara el Art. 10 y además será obligado a resarcir con el triple del valor de los objetos dañados por el agresor. En caso de ser menor de edad será responsable el tutor.
· Art. 16.- Los equipos que no presentaren su primera nomina de diez jugadores a mas tardar una semana antes del inicio del torneo, incluyendo a los jugadores refuerzos, antes de las 7:00 de la noche del día señalado, por cada día de retardo serán sancionados con una suma de Cinco Mil Pesos diarios (RD $ 5,000.00) hasta tanto cumplan con este requisito. La comisión técnica deberá notificar a esta comisión de disciplina la fecha límite de aquellos equipos que no cumplieron con este artículo.
Párrafo 1: La Comisión Técnica debe entregar a la comisión de disciplina la nomina de todos los equipos antes de iniciado el torneo.
· Art. 17.- Para el torneo será obligatorio el uso de dos (2) juegos de uniformes, uno (1) obligatoriamente blanco, que será utilizado como equipo local y uno oscuro que será utilizado como equipo visitante. Si un equipo faltare a dicha norma al participar en un juego, será sancionado automáticamente con una multa de Quince mil pesos (RD $ 15,000.00).
· Art. 18.- Un jugador inscrito oficialmente en el torneo no podrá participar paralelamente en otro torneo en la República Dominicana. De ocurrir esto, el jugador automáticamente será expulsado del torneo.
· Art. 19.- El delegado técnico de cada equipo será el delegado de su club ante la Comisión de Disciplina y podrá dirigirse a esta cuantas veces lo considere necesario, siempre de manera escrita y formal. La Comisión de Disciplina se abstendrá de conocer asuntos verbales.
· Art. 20.- Las comunicaciones de las sanciones establecidas a un miembro de un club participante en el torneo, se harán formalmente por escrito, mediante una comunicación, la cual será entregada de forma personal o en el domicilio del club o en su residencia por el mensajero del Comité Organizador o vía correo electrónico antes de las doce (12) horas del inicio del próximo juego del club, no pudiendo su delegado técnico negarse a recibir la comunicación. En caso de hacerlo o de no ser ubícable antes del siguiente juego de su equipo, la comunicación se publicará en el mural de la comisión técnica y se dará por entregada, pudiendo ser sancionado también el delegado técnico.
· Art. 21.- Cuando exista una sanción económica, la comisión de disciplina se la comunicará al delegado económico del club afectado formalmente por escrito mediante una comunicación, la cual será entregada de forma personal o en el domicilio del club o en su residencia por el mensajero del Comité Organizador o vía correo electrónico y al tesorero del torneo. Quien deberá recibir el monto en efectivo de la multa impuesta antes del próximo partido del equipo o de lo contrario el jugador, dirigente o técnico no podrá accionar en dicho partido.
· Art. 22.- Todo equipo que no cumpla con las responsabilidades del reglamento técnico y dicha irresponsabilidad conllevare a la suspensión de un partido, será sancionado con una multa de Cuarenta Mil pesos (RD$ 40,000.00) y asumir los costos que incurren en la celebración de ese partido.
· Art. 23.- Todo equipo que sin causa justificada, jugare sin uno de sus jugadores refuerzos será sancionado con diez mil pesos (RD$10,000.00) por cada juego en el que no participase uno de estos.
· Art. 24.- Todas las sanciones son apelables siempre y cuando se cumplan los REGLAMENTOS y los siguientes requisitos:
1- Deberá ser hecha formalmente por escrito por el delegado técnico del club objeto de la sanción explicando sus razones en un plazo no mayor de SEIS (6) horas después de la comunicación de la sanción.
2- Deberá acompañar sus alegatos por escrito con la suma de cinco mil pesos (RD$ 5,000.00) los cuales serán devueltos si es revocada la decisión.
3- La apelación no deja sin efecto la sanción producida en primer grado hasta que no exista una decisión contraria de la comisión de apelación.
4- La Comisión de Apelación decide si conoce el recurso administrativamente o en forma contradictoria.
· Art. 25: La comisión de disciplina conocerá y decidirá cualquier asunto no contemplado en los presentes reglamentos y sancionará de acuerdo a la escala de multas del presente reglamento.
· Art. 26.- Las decisiones de la comisión de disciplina se tomarán por mayoría de votos. Dichas decisiones podrá ser firmada por tres (3) de sus miembro.
· Art. 27.- La comisión de disciplina entregará el Reglamento en un plazo de quince (15 días) antes del inicio el torneo, para que ABASACA hagan las sugerencias correspondientes de modificación, enmiendas, o cambio del presente reglamento.
Hecho y Firmado en Santiago de Los Caballeros, a los cuatro (4) días del mes de Febrero del 2012.
Lic. Engels Peralta Lic. Héctor De Padua
Presidente Miembro
Lic. Rafael Cruz Lic. Jery Baez
Miembro Miembro
Lic. Sucre Paulino Lic. Luisa Liranzo
Miembro Asesora Legal
-Abasaca-
Art. 1.- La Asociación de Baloncesto de Santiago de Los Caballeros (ABASACA), nombra la comisión de disciplina de cada Torneo Superior Masculino para la interpretación y ejecución de los presentes reglamentos disciplinarios.
Párrafo 1: Esta Comisión estará integrada por Cinco (5) Miembros y un (1) Asesor Legal; La cual establecerá la jerarquía de la misma, y no podrá ser presidida dicha Comisión por un representante de ABASACA, UDESA o Directivo de los Clubes participantes del Evento.
· Art. 2.- Estos reglamentos disciplinarios se aplicarán: A todas las comisiones del Torneo de Baloncesto Superior, al Comité Ejecutivo de la ABASACA, a los entrenadores, encargados de estadísticas, técnicos de la salud (médicos), abastecedores (aguateros), encargados de utilerías y propiedades, fisioterapeutas ,atletas , directivos de los clubes que participan en el Torneo Superior de Baloncesto, patrocinadores, fanáticos en general, miembros de la seguridad, árbitros, personal contratado, cronistas deportivos, concesionarios de establecimientos comerciales dentro de la Arena del Cibao, empleados de la ABASACA y a los que disfruten de acreditación en el Torneo de Baloncesto Superior y a cualquier persona que participe en el Torneo Superior al título que fuere.
· Art. 3.- La Comisión de Disciplina del Torneo estará integrada de Cinco (5) personas: Lic. Engel Peralta Presidente, Lic. Héctor De Padua, Lic. Rafael Cruz, Lic. Jery Báez, Lic. Sucre Paulino; Miembros y la Asesora Legal Licda. Luisa Liranzo, quienes se encargaran de conocer las violaciones a los presentes reglamentos, ya sea de motus propio o por apoderamiento que para tal motivo le haga el Comité Ejecutivo de la ABASACA, la Dirección Técnica del Torneo, El Comité Organizador, las diferentes Comisiones Oficiales del Torneo y los representantes de los clubes participantes y cualquier persona con interés legitimo y jurídicamente protegido por estos reglamentos.
Párrafo 1: Para el buen ejercicio de sus funciones la Comisión debe tener una localidad asignada de cinco (5) asientos en un área estratégica en la Arena del Cibao, para tales fines.
Párrafo 2: En cada partido, la Comisión Disciplinaria se hará representar de por lo menos 2 de sus miembros y sus decisiones serán tomadas por un mínimo de 3 miembros.
· Art. 4.- Se crea la Comisión de Apelación Disciplinaria compuesta por el Sr. Manuel Guichardo quien la presidirá, Dr. Federico Olivo Morel y Ing. Rafael Uribe (Presidente FEDOMBAL). Esta Comisión conocerá las apelaciones de las decisiones tomadas por la Comisión de Disciplina, pudiendo ser confirmadas, modificarlas o revocarlas, con carácter definitivo e irrevocable. En todo caso, interpretará y ejecutará estos reglamentos teniendo en cuenta los mejores intereses del Torneo y el Baloncesto.
PARRAFO 1: La Comisión de Apelación solo podrá conocer de los recursos que le son conferidos a las partes en virtud de los presentes reglamentos.
PARRAFO 2: La Comisión de Apelación tendrá un plazo de 48 horas para emitir su decisión sobre el recurso de la apelación presentado por la parte interesada. En caso de que la Comisión de Apelación no comunique su decisión en un plazo no mayor de 48 horas, entre el fallo de la Comisión de Disciplina y el Recurso de Apelación, se mantendrá con carácter irrevocable la decisión de la Comisión de Disciplina.
· Art. 5.- Toda persona que de una manera u otra ha estado relacionada con el torneo podrá ser sancionada, se considera un agravante el hecho de la reincidencia, aunque sea en torneos anteriores o en categorías menores.
Se considera reincidente a todo aquel que haya sido sancionado por la comisión de una falta, (cual que sea esta), de manera definitiva o irrevocable. Lo cual será tomado en cuenta por etapa del torneo (Serie regular, semifinal y final).
Párrafo 1: Cuando el acusado sea reincidente se le aplicará el máximo de las multas y penas contempladas de este reglamento y si reinciden por tercera vez se aplicará el doble de la multa que recibió en la sanción anterior cual sea la etapa del torneo (Serie regular, semifinal y final).
· Art. 6 - Queda prohibido al personal de ABASACA, empleados contratados, entrenadores, miembros de la seguridad, comisión técnica, jueces árbitros, oficial de mesa, jugadores, personal auxiliar de los equipos, personal de radio y televisión, bocina interna, miembros comisión de disciplina, ejecutivos de otros órganos del Torneo ingerir bebidas alcohólicas, durante el inicio, desarrollo y término de cada juego del torneo y/o llegar en estados de embriagues (visible o notoria);A todos aquellos que violen el presente artículo, se le aplicarán las multas y penas máximas previstas en este reglamento y si es reincidente será expulsado automáticamente del torneo sin derecho a apelación.
Párrafo 1: Terminado cada partido queda prohibido ingerir bebidas alcohólicas a todo el personal previsto en el artículo anterior si permanecen el área de la Arena Del Cibao Dr. Oscar Gobaira y sus alrededores.
Párrafo 2: La cantina, los vendedores ambulantes, y patrocinadores, no podrán en el ámbito externo e interno de la Arena del Cibao, vender ningún tipo de bebidas o artículos en envases de cristal.
Párrafo 3: Queda prohibido utilizar menores de edad para la venta en la Arena Del Cibao.
Párrafo 4: Queda prohibido a los entes señalados en los Art. 2 y 6, portar o exhibir símbolos políticos partidistas antes, durante, o después de los juegos oficiales del torneo.
Párrafo 5: Queda prohibido la entrada de personas con el porte de armas de fuego o armas blancas durante el desarrollo de los partidos del torneo de baloncesto celebrado en la Arena del Cibao Doctor Oscar Gobaira, de acuerdo a lo que establece la Ley 36 sobre porte y tenencia de armas en sus Arts. 50 y 61.
Párrafo 6: se exceptúan del párrafo 5 para el porte de las mismas, los miembros de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas asignados para velar por la seguridad durante la celebración del Torneo, esto incluye el horario de entrenamiento de los equipos.
· Art. 7 – La ABASACA deberá plasmar en la parte posterior de las boletas, abonos y acreditaciones lo siguiente: “ABASACA se reserva el derecho de admisión a un juego o a la totalidad de los mismo”.
· Art. 8. Sobre las vestimentas: Los cronistas que participen por las transmisiones oficiales, radio y televisión, deberán obligatoriamente estar vestido de la siguiente manera:
1- RADIO: camisa mangas largas y corbata.
2- TELEVISIÓN: camisa y chaqueta con corbata.
3- Bocina interna y coordinadores de transmisión de radio y televisión, personal de apoyo de las cadena: camisa manga larga y corbata.
4- Cronistas deportivos independientes: Se les solicita que cuando realicen filmaciones y transmisiones durante el desarrollo de los partidos observar la mayor de las formalidades.
Párrafo 1: No deben situarse detrás, ni al lado de la mesa técnica para hacer filmaciones de acciones del juego.
Párrafo 2: El área destinada para la prensa debe ser ocupada única y exclusivamente por periodistas acreditados para el evento, lo que quiere decir que no puede haber nadie sin la credencial correspondiente y de haberlo será invitado a salir por la seguridad.
Párrafo 3: Los siguientes actores participantes en el torneo, deberán estar vestido de la siguiente manera:
1- Dirigentes de equipos, asistentes, encargado de estadística: Camisa manga larga y corbata.
2- Jueces del partido y árbitros: Pantalón negro, tenis negro, y chaqueta o poloshirt sin cuello y con mangas cortas.
3- Oficial de Mesa: Poloshirt con cuellos y mangas cortas con distintivos.
4- Auxiliares médicos por equipo: Poloshirt blanco con cuello y manga corta, con el distintivo del equipo en el lado superior izquierdo del pecho.
5- Aguateros: Poloshirt con cuellos y mangas cortas con distintivo del respectivo equipo, color distinto al que usa el equipo.
6- Comisión de Disciplina: Cada miembro de la Comisión de disciplina no podrán utilizar distintivos de los equipos participantes del torneo, ni de partidos políticos.
Art. 9.- Sobre Las Sanciones: Las sanciones disciplinarias que se aplicaran podrán ser una de las siguientes o combinaciones de estas, que motive la sanción, o a menos que sea una falta flagrante;
a- Amonestación escrita.
b- Multas
c- Suspensión y/o Expulsión.
d- Expulsión Temporal o definitiva.
e- La reincidencia será tenida en cuenta como agravante por etapa del torneo (Serie regular, semifinal y final).
Las acciones que serán sancionadas en este reglamento son:
1- Golpeo de la Mesa Técnica de forma airada y desafiante.
2- Estallar sillas, bancos, termos o cualquier propiedad en uso durante un partido o después de finalizado el mismo, incluyendo los camerinos.
3- Agresión de forma verbal o con gestos a un juez del partido, comisionado, personal auxiliar de mesa, miembros de las Comisiones actuantes del Torneo.
4- Agresión de un Juez después de decretársele una falta técnica, con gestos o palabras, y que no obtempere al llamado a la calma.
5- Hacer cualquier gesto indecoroso contra cualquier miembro del equipo contrario, público en general, personal técnico y miembros de las Comisiones actuantes en el Torneo.
6- Hacer ademanes que provoquen la alteración del orden público poniendo en peligro la integridad de los jueces, comisionados, auxiliares de mesa, miembros de las Comisiones actuantes del Torneo y equipos contrarios.
7- Persecución de los jueces, comisionados, miembros de las Comisiones actuantes del Torneo o de un equipo contrario.
8- La negación a salir de la instalación después de ser expulsado por uno de los jueces del partido; y negarse a pararse de la gradería trasera de su banca durante el periodo que dure su suspensión.
9- En caso de reyertas, pararse de las bancas para participar en la misma.
10-De cometerse estas infracciones antes o después del partido, se aplicaran las mismas sanciones que las previstas para las infracciones durante los partidos.
11-Entrada al área de juego sin autorización del Comisario o los jueces del partido, con el objetivo de alterar lo ánimos de los jugadores e incitar al público a cometer acciones que pongan en peligro el buen desarrollo del partido y del Torneo.
12-Las imágenes captadas por las cámaras del sistema de circuito cerrado instalado en la Arena del Cibao y las de las transmisiones televisivas serán prueba válida e idónea para el establecimiento de la realidad de los hechos.
Párrafo 1: Que se entiende por Amonestación: La amonestación tiene carácter preventivo y servirá como antecedente para calificar la conducta del individuo.
Párrafo 2: Las multas variarán en un rango de Diez Mil pesos (RD$ 10,000.00) a Treinta Mil pesos (RD $ 30,000.00) según lo considere la Dirección Técnica y/o la comisión de disciplina de acuerdo a la gravedad de la falta cometida; que serán clasificadas conforme a la siguiente escala:
Faltas leves: Las multas variarán en el rango de Diez Mil pesos (RD$ 10,000.00) a Quince mil pesos (RD $ 15,000.00).
Faltas graves: Las multas variarán en el rango de Quince Mil un pesos (RD $ 15,001.00) a Veinte mil pesos (RD$ 20,000.00)
Faltas muy graves: Las multas variarán en el rango de Veinte Mil un pesos (RD $ 20,001.00) a Treinta mil pesos (RD $ 30,000.00).
· Art. 10.- Los fanáticos que asistan a la Arena del Cibao y sean sorprendidos cometiendo actos que atenten contra las buenas costumbres, la moral, la estabilidad y el buen desarrollo de un juego o del Torneo, serán retirados o sacados de la instalación por los miembros de la seguridad del evento y las fuerzas del orden público.
La Abasaca y el Comité Organizador se reservaran el derecho de admitir a las personas que no observen un buen comportamiento durante el desarrollo de los partidos del Torneo.
De igual forma la Abasaca y el Comité Organizador someterán ante la justicia por daños y perjuicios a todas aquellas personas, atletas, personal técnico de los equipos, entrenadores, jueces, personal de mesa técnica, personal de apoyo y miembros de las diferentes comisiones actuantes en el Torneo que alteren el orden durante el desarrollo de un partido dentro de la instalación.
También someterá a la justicia por daños y perjuicios a todas aquellas personas que agredan física o verbalmente a cualquier miembro del torneo después de finalizado un partido fuera de la instalación, esto se aplicara también en el deterioro o destrucción de cualquier tipo de propiedades.
· Art. 11.- La agresión física o moral de un jugador a otro jugador, se considera una falta grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Quince Mil un Peso (RD$ 15,001.00) a Veinte Mil pesos (RD $ 20,000.00) mas la suspensión de un (1) partido, este articulo abarca a quienes incitaran a la agresión.
Párrafo 1: La agresión física o moral de un jugador, un dirigente de equipo, a un juez del partido, arbitro o a un oficial de mesa técnica, miembros del Comité Organizador, Dirección Técnica y las diferentes comisiones, será considerada como una falta muy grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Treinta Mil Pesos (RD$ 30,000.00) y la expulsión automática del Torneo.
Párrafo 2: La agresión física o moral de parte de una persona relacionada directamente con el torneo a otra persona ligada también al torneo o a cualquiera de los organismos que interactúan en él, se considera una falta muy grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Treinta Mil Pesos (RD$ 30,000.00) y la expulsión automática del Torneo. El Comité Ejecutivo de la ABASACA podrá adoptar otras medidas conforme a sus estatutos, dependiendo de la gravedad del caso. Este articulo abarca también a quienes incitan la agresión.
Párrafo 3: La agresión física o moral por parte de un miembro del equipo o el equipo en su conjunto a una persona del público, incluyendo exclamaciones, ademanes, o gestos que inciten a la alteración del orden, se considera una falta grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Quince Mil Un pesos (RD$ 15,001.00) a Veinte Mil Pesos (RD$ 20,000.00) y una suspensión de 2 partidos; Si la agresión física deja señales tales como golpes, heridas que curen en más de 5 días o dejen lesiones permanentes se considera una falta muy grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria Treinta Mil pesos (RD$ 30,000.00) y la expulsión automática del Torneo. El Comité Ejecutivo de la ABASACA podrá adoptar otras medidas conforme a sus estatutos dependiendo de la gravedad del caso. Este articulo abarca también a quienes incitan la agresión.
· Art. 12.- Las personas directamente relacionadas con el torneo que utilice un medio de comunicación para agredir moralmente a un miembro del comité Ejecutivo de la ABASACA, comité organizador, Dirección Técnica, de sus Comisiones, de los jugadores y clubes, o a los jueces u oficiales del torneo, o que atentaren intencionalmente contra el buen desenvolvimiento del torneo se considera una falta grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Quince Mil Un Pesos (RD$ 15,001.00) a Veinte Mil pesos (RD$ 20,000.00). El Comité Ejecutivo de la ABASACA podrá adoptar otras medidas disciplinarias dependiendo de la gravedad del caso.
· Art. 13.- La comisión disciplinaria y las partes interesadas tendrán libertad de pruebas para establecer la verdad en lo concerniente a los hechos sancionados por el presente reglamento.
Párrafo 1: La comisión de disciplina esta obligada a notificar por escrito al acusado de las infracciones que se le responsabilizan, la cual se hará a través del mecanismo de comunicación que tenga establecido la comisión técnica del torneo.
Párrafo 2: Notificado el acusado dispondrá de un plazo de seis (6) horas para presentar sus alegaciones o defensa de las acusaciones que se formulen, siempre por escrito y depositada ante la Comisión de Apelación, de acuerdo al articulo 23 de estos reglamentos.
Párrafo 3: Cuando se trate de series finales o partidos donde no excedan las 24 horas de partido a partido el plazo para notificar, así como para presentar las alegaciones o defensas se reducirán a DOS (2) horas.
· Art. 14.- El jugador no residente que presentare al club documentos falsos o alterados, será expulsado del torneo y no podrá participar además en los dos (2) siguientes torneos. Y si comprobare que el jugador cometió falta con el consentimiento del club, se considera una falta grave y conlleva automáticamente una sanción monetaria de Treinta Mil Pesos (RD$ 30,000.00) y se le confiscara el ultimo partido en que participó el jugador sancionado; si el club es reincidente se aplicara el solo el doble de la pena económica.
Párrafo 1: Cada club será responsable de investigar la veracidad de los documentos presentados por el jugador no residente.
· Art. 15.- El jugador, personal de los equipos y personas directamente relacionadas con el torneo y fanático que ejerciere violencias contra un objeto o realizare actos que perjudiquen el buen funcionamiento del torneo y el buen mantenimiento de la Arena del Cibao, será sancionado por las disposiciones disciplinarias de estos reglamentos, en caso de fanático se le aplicara el Art. 10 y además será obligado a resarcir con el triple del valor de los objetos dañados por el agresor. En caso de ser menor de edad será responsable el tutor.
· Art. 16.- Los equipos que no presentaren su primera nomina de diez jugadores a mas tardar una semana antes del inicio del torneo, incluyendo a los jugadores refuerzos, antes de las 7:00 de la noche del día señalado, por cada día de retardo serán sancionados con una suma de Cinco Mil Pesos diarios (RD $ 5,000.00) hasta tanto cumplan con este requisito. La comisión técnica deberá notificar a esta comisión de disciplina la fecha límite de aquellos equipos que no cumplieron con este artículo.
Párrafo 1: La Comisión Técnica debe entregar a la comisión de disciplina la nomina de todos los equipos antes de iniciado el torneo.
· Art. 17.- Para el torneo será obligatorio el uso de dos (2) juegos de uniformes, uno (1) obligatoriamente blanco, que será utilizado como equipo local y uno oscuro que será utilizado como equipo visitante. Si un equipo faltare a dicha norma al participar en un juego, será sancionado automáticamente con una multa de Quince mil pesos (RD $ 15,000.00).
· Art. 18.- Un jugador inscrito oficialmente en el torneo no podrá participar paralelamente en otro torneo en la República Dominicana. De ocurrir esto, el jugador automáticamente será expulsado del torneo.
· Art. 19.- El delegado técnico de cada equipo será el delegado de su club ante la Comisión de Disciplina y podrá dirigirse a esta cuantas veces lo considere necesario, siempre de manera escrita y formal. La Comisión de Disciplina se abstendrá de conocer asuntos verbales.
· Art. 20.- Las comunicaciones de las sanciones establecidas a un miembro de un club participante en el torneo, se harán formalmente por escrito, mediante una comunicación, la cual será entregada de forma personal o en el domicilio del club o en su residencia por el mensajero del Comité Organizador o vía correo electrónico antes de las doce (12) horas del inicio del próximo juego del club, no pudiendo su delegado técnico negarse a recibir la comunicación. En caso de hacerlo o de no ser ubícable antes del siguiente juego de su equipo, la comunicación se publicará en el mural de la comisión técnica y se dará por entregada, pudiendo ser sancionado también el delegado técnico.
· Art. 21.- Cuando exista una sanción económica, la comisión de disciplina se la comunicará al delegado económico del club afectado formalmente por escrito mediante una comunicación, la cual será entregada de forma personal o en el domicilio del club o en su residencia por el mensajero del Comité Organizador o vía correo electrónico y al tesorero del torneo. Quien deberá recibir el monto en efectivo de la multa impuesta antes del próximo partido del equipo o de lo contrario el jugador, dirigente o técnico no podrá accionar en dicho partido.
· Art. 22.- Todo equipo que no cumpla con las responsabilidades del reglamento técnico y dicha irresponsabilidad conllevare a la suspensión de un partido, será sancionado con una multa de Cuarenta Mil pesos (RD$ 40,000.00) y asumir los costos que incurren en la celebración de ese partido.
· Art. 23.- Todo equipo que sin causa justificada, jugare sin uno de sus jugadores refuerzos será sancionado con diez mil pesos (RD$10,000.00) por cada juego en el que no participase uno de estos.
· Art. 24.- Todas las sanciones son apelables siempre y cuando se cumplan los REGLAMENTOS y los siguientes requisitos:
1- Deberá ser hecha formalmente por escrito por el delegado técnico del club objeto de la sanción explicando sus razones en un plazo no mayor de SEIS (6) horas después de la comunicación de la sanción.
2- Deberá acompañar sus alegatos por escrito con la suma de cinco mil pesos (RD$ 5,000.00) los cuales serán devueltos si es revocada la decisión.
3- La apelación no deja sin efecto la sanción producida en primer grado hasta que no exista una decisión contraria de la comisión de apelación.
4- La Comisión de Apelación decide si conoce el recurso administrativamente o en forma contradictoria.
· Art. 25: La comisión de disciplina conocerá y decidirá cualquier asunto no contemplado en los presentes reglamentos y sancionará de acuerdo a la escala de multas del presente reglamento.
· Art. 26.- Las decisiones de la comisión de disciplina se tomarán por mayoría de votos. Dichas decisiones podrá ser firmada por tres (3) de sus miembro.
· Art. 27.- La comisión de disciplina entregará el Reglamento en un plazo de quince (15 días) antes del inicio el torneo, para que ABASACA hagan las sugerencias correspondientes de modificación, enmiendas, o cambio del presente reglamento.
Hecho y Firmado en Santiago de Los Caballeros, a los cuatro (4) días del mes de Febrero del 2012.
Lic. Engels Peralta Lic. Héctor De Padua
Presidente Miembro
Lic. Rafael Cruz Lic. Jery Baez
Miembro Miembro
Lic. Sucre Paulino Lic. Luisa Liranzo
Miembro Asesora Legal
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